México DF, 18 de junio de 2016
Hace 8 años, el 18 de junio de 2008, el Congreso de la Unión adoptó la reforma constitucional al sistema de justicia penal acusatorio y oral, al sistema de seguridad y al sistema penitenciario con el objetivo de transitar de un sistema inquisitivo mixto a uno acusatorio cuyas características son la oralidad y la adversariedad del sistema regido bajo los principios de contradicción, publicidad, inmediación, concentración y continuidad, y cuyo objetivo es el esclarecimiento de los hechos, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados se reparen.
A largo plazo la intención de la reforma era revertir los problemas estructurales que aquejan al sistema: garantizar el acceso a la justicia y revertir la desigualdad para los grupos en situación de exclusión y discriminación histórica; y guiar la procuración e impartición de justicia conforme a los principios de los derechos humanos, tales como el debido proceso y los derechos de las víctimas. Se trató de una reforma muy ambiciosa que sentó las bases para la transición hacia un modelo de justicia penal con contrapesos al poder de las Procuradurías, encargadas del establecimiento de los hechos, y que restaurara el equilibrio no sólo entre personas imputadas y víctimas, sino también entre agentes del ministerio público, defensores y juzgadores mediante transformaciones organizacionales, procedimentales y formales que, juntas, significan un cambio profundo del paradigma de la justicia.
Para hacer de la reforma una realidad tangible para la ciudadanía, se requería de la voluntad y el compromiso de actores en los ámbitos ejecutivo, legislativo y judicial en tanto que implicaba la construcción de un andamiaje institucional y normativo totalmente diferente para operar este nuevo sistema; la formación y capacitación de sus nuevos operadores; la dotación de una infraestructura adecuada, incluyendo equipos y tecnología. Para ello, se estableció un plazo de 8 años y se destinaron cuantiosos recursos provenientes de subsidios y fideicomisos -además de las propias asignaciones estatales al sector justicia- que actualmente ascienden a los 21 mil millones de pesos.
La reforma incluyó modificaciones sustanciales para la conducción de las investigaciones y la actuación de las policías, pasando de la centralidad de la declaración del imputado a la construcción de la prueba científica y a la importancia del testimonio que se da frente al juez; transformaciones de la prisión preventiva que deja de ser la regla para dar lugar a un catálogo de medidas cautelares, del sistema penitenciario, de la justicia para adolescentes, y la centralidad de la publicidad e igualdad de armas en los procesos de acusación, defensa y juicio, para citar los capítulos más importantes de este nuevo sistema al que se aspiraba llegar.
La realidad es que al momento de concluir el plazo de ocho años para la implementación, la transformación es insuficiente e incompleta. Las experiencias de las entidades más avanzadas en la implementación del sistema de justicia acusatorio adversarial demuestran la existencia de pendientes importantes para lograr una justicia eficiente en función de las personas y de los tipos de delitos. Prácticas violatorias de los derechos humanos como la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes subsisten en el nuevo sistema de justicia penal, cuestionando gravemente la posibilidad de transformación de las instituciones del sistema de justicia y la posibilidad de lograr la vigencia de los derechos de las partes a un juicio. De la misma forma, con el afán de conseguir buenos indicadores de gestión, los operadores del sistema están generando nuevas prácticas que privilegian criterios formalistas por encima de estándares de protección de los derechos en la determinación de la posibilidad de usar mecanismos alternativos de solución del conflicto o el procedimiento abreviado.
Un sistema basado en detenciones en flagrancia no puede considerarse el reflejo del éxito de la reforma cuyo origen es precisamente la preocupación por la incapacidad de investigar por parte del Estado. La falta de acceso a la justicia de víctimas, de sus familias y de las personas imputadas subsistirá en la medida en que estas prácticas prevalezcan en el sistema.
Vacíos legales y la persistencia de normas violatorias de los derechos humanos como el arraigo, la prisión preventiva oficiosa y la jurisdicción militar son temas sobre los cuales la ciudadanía debe estar pendiente para no anular la aspiración originaria del nuevo sistema de justicia de garantizar los derechos humanos de todas las partes involucradas en el proceso.
Para que la reforma del sistema de justicia penal se traduzca en una transformación significativa en el acceso a la justicia de la ciudadanía, en particular de las personas y grupos en situación de exclusión y discriminación histórica, las organizaciones de la sociedad civil abajo firmantes insistimos en que el Estado mexicano en sus diferentes niveles de gobierno debe seguir con el compromiso de consolidar la implementación del nuevo sistema de justicia penal bajo los principios que lo rigen y el respeto por los derechos humanos, y dedicarle todos los medios a su alcance para conseguir esta meta en un plazo razonable. En el contexto de crisis generalizada de los derechos humanos en el país, estaremos vigilando que no se privilegien intereses de corto plazo y de tipo formalistas sobre la protección eficaz de los derechos humanos, el acceso efectivo a la justicia y la erradicación de la impunidad.
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C.
Fundar, Centro de Análisis e Investigación A.C.
Instituto de Justicia Procesal Penal-Presunción de Inocencia
Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C.
Observatorio Ciudadano del Sistema de Justicia
Para más información:
Mariana Gurrola, Comunicación CMDPDH
comunicacion@cmdpdh.org
Tel. 55642582 ext. 114
A 8 años de la implementación del nuevo sistema de justicia penal, es innegable que aún nos falta un largo trecho por transitar, el suscrito se dedica a capacitar personal del sistema penitenciario, además de las actividades que realizo como servidor público, y es sumamente complejo el hacerle entender al trabajador del sistema penitenciario que debe existir un cambio paradigmático en nuestro actuar, y que el mismo debe realizarse en el marco de un profundo respeto a los derechos humanos de las personas, en el caso que nos ocupa, de los derechos humanos de las personas en reclusión, con casi 18 años laborando en el sistema penitenciario de la Ciudad de México, creo que todavía debemos dar muchos pasos para poder construir un sistema penitenciario que pueda realizar su actividad diaria atendiendo a los principios de esta reforma al sistema de justicia penal, saludos y buenas noches