Desplazamiento interno forzado en México
Miles de personas han tenido que abandonar sus hogares a causa de la violencia en México.
Durante el 2017, ocurrieron 25 eventos de desplazamiento interno forzado en México, que afectaron a 20,390 personas.
Desplazamiento interno forzado
Las personas desplazadas internas forzadas son aquellas que se han visto obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, situaciones de violencia generalizada, violaciones de los derechos humanos o catástrofes naturales provocadas o no provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera.
“Te tienes que andar cuidando, cambiar tus hábitos de vida, estar alerta porque las cosas no pueden volver a ser iguales”
Estados con mayor número de personas desplazadas
Guerrero – 5,948 personas /7 eventos
Sinaloa – 2,967 personas /5 eventos
Oaxaca – 2,700 personas /3 eventos
Michoacán – 1,350 personas /2 eventos
Chihuahua – 693 personas /3 eventos
Durango – 365 personas /1 evento
Zacatecas – 230 personas /1 eventos
Coahuila – 47 personas /1 evento
En todos los episodios de desplazamiento masivo se registró la presencia y/o el uso directo de la violencia
Formas de violencia que originan el desplazamiento forzado interno
Ataques armados en contra de la población: 8 episodios masivos de desplazamiento/10,947 personas
Enfrentamientos armados:
6 episodios/6,335 personas
Desalojos con violencia: 3 episodios/
935 personas
Temor ante la violencia: 2 episodios/1,247 personas
Disputas por territorio entre grupos criminales: 1 episodios/
276 personas
Asesinato de defensores de la comunidad: 1 episodio/595 personas
Causas del desplazamiento interno forzado
Grupos armados organizados
(17 episodios)
Violencia política, conflictividad social y conflictos territoriales (7 episodios)
Proyectos de desarrollo (1 episodio)
“Destruyeron nuestros negocios, hogares, secuestraron sobrinos y asesinaron a mis hermanos. Tuvimos que huir para conservar nuestras vidas”
Modalidades de la violencia que genera el desplazamiento interno forzado
- Uso de arma de fuego: 19 episodios/76% del total
- Amenazas e intimidación: 15 episodios/60% del total
- Ataques a casas, cultivos o negocios: 14 episodios/56% del total
- Saqueo de viviendas y robo de animales, cultivos u otras pertenencias: 9 episodios/35% del total
- Reclutamiento forzado: 4 episodios/16% del total
- Detenciones arbitrarias por autoridades: 2/8% del total
Episodios de desplazamiento interno forzado en los que había población vulnerable
15 episodio – Mujeres
14 episodios – Niñas y niños
9 episodios – Adultos mayores
4 episodios – Mujeres embarazadas
Personas Indígenas
9 episodios
12,323 personas indígenas
12,323 personas indígenas
“Me llevé muy poca ropa, me robaron mi IFE, mis memorias… todo. Mi vida cambió totalmente”
Retorno al lugar de origen
Se reportó el regreso de parte de la población.
3 episodios
El regreso sucedió bajo presión de funcionarios del gobierno y/o sin que hubiera condiciones que garantizaran plena seguridad de la población.
actúa para:
Reconocimiento a las víctimas de desplazamiento interno forzado en México
El Estado mexicano debe reconocer el desplazamiento interno como una violación continua de múltiples derechos humanos, y así proveer seguridad y estabilidad a todas las víctimas, contribuyendo a la garantía y la restitución de los derechos violados a las personas que han tenido que huir de su hogar de manera obligada.
Diagnóstico oficial del fenómeno
El Estado mexicano debe echar mano de los mecanismos que le permitan diagnosticar de manera formal e integral el desplazamiento interno forzado en México, comenzando por una cuantificación oficial de las víctimas en el país.
Ley General para la Prevención y Atención AL Desplazamiento Interno Forzado
De manera urgente debe crearse una Ley General para la Prevención y Atención al Desplazamiento Interno Forzado que brinde protección y atención a las personas internamente desplazadas durante todas las fases del ciclo del desplazamiento. Tal marco jurídico debe garantizar que no haya ningún obstáculo para que las víctimas puedan ser registradas y logren acceder a todos los beneficios que la Ley prevea para su protección y reparación integral del daño.