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Observaciones al Dictamen aprobado por las Comisiones de Derechos Humanos, Justicia y Estudios Legislativos del Senado de la República de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria del Artículo 29 Constitucional en materia de suspensión de derechos humanos y sus garantías
La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH) reconoce el esfuerzo del Senado de la República y en particular de la Senadora Angélica de la Peña por ofrecer más tiempo para la discusión técnica del dictamen aprobado el lunes 28 de abril de 2015 en las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia y Estudios Legislativos del Senado de la República de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria del Artículo 29 Constitucional en materia de suspensión de derechos humanos.
Al ser una ley que reglamenta uno de los artículos reformados de la Constitución en 2011 para establecer los supuestos en los que se pueden suspender derechos humanos y garantías para su protección, la CMDPDH considera que se trata de uno de los procesos legislativos más importantes para los derechos humanos en México. Por ello, el Senado tiene que ser muy escrupuloso en acotar los parámetros del artículo 29 Constitucional, así como implementar las obligaciones derivadas de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
El dictamen en sus términos actuales contiene (i) términos jurídicos indeterminados que permitirán al Ejecutivo y al Congreso de la Unión justificar la suspensión o restricción de los derechos humanos; (ii) supuestos de restricción o suspensión no autorizados por la Constitución ni por los tratados internacionales de los que México es parte; (iii) un catálogo de derechos no suspendibles limitado al no reflejar las obligaciones internacionales del país; así como, (iv) facultades para el Ejecutivo que contravienen el régimen republicano de la Nación así como la división de poderes, entre otros. Para resolver lo anterior, la CMDPDH expone sus observaciones y propuestas.
Observaciones al Dictamen aprobado por las Comisiones de Derechos Humanos, Justicia y Estudios Legislativos del Senado de la República de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria del Artículo 29 Constitucional en materia de suspensión de derechos humanos y sus garantías
“Al ser una ley que reglamenta uno de los artículos reformados de la Constitución en 2011 para establecer los supuestos en los que se pueden suspender derechos humanos y garantías para su protección, la CMDPDH considera que se trata de uno de los procesos legislativos más importantes para los derechos humanos en México”.