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El arraigo penal como crimen de lesa humanidad
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El arraigo es una forma de detención prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, empleada en una investigación penal para obtener información de una persona sin que ésta se encuentre acusada de haber cometido algún delito; es decir, con la participación de dos poderes del Estado se mantiene a una persona privada de libertad por un periodo prolongado de 40 hasta 80 días. La finalidad del arraigo es detener a la persona “sospechosa” a fin de investigar si es que cometió un delito, cuando la autoridad responsable de la investigación no cuenta con elementos suficientes para presuponer la responsabilidad ni la relación que ésta pueda tener con el crimen que se busca esclarecer que amerite la aplicación de la figura de la prisión preventiva.
El arraigo fue introducido en el derecho penal mexicano mediante la reforma del 27 de diciembre de 1983 al Código Federal de Procedimientos Penales (CFPP). En ese esquema, el arraigo permitía una libertad condicionada para delitos imprudenciales, es decir, bajo su variante domiciliaria como una medida cautelar alternativa a la prisión preventiva. Dentro de estas disposiciones se incluía, además, el procedimiento necesario para solicitar el arraigo, dejando claro que la medida establecía una restricción al tránsito de la persona que ameritaba la vigilancia permanente de una autoridad policíaca. El objetivo de la medida se centraba en evitar que la persona se sustrajera de la justicia, por lo que la incorporación de este modelo de arraigo representaba una forma de impedir que se privilegiar
El arraigo penal como crimen de lesa humanidad
La estrategia de militarización de la seguridad pública ha traído como consecuencia cifras alarmantes de asesinatos, tortura, desaparición forzada y hechos de privación grave de la libertad Observatorio Ciudadano del Sistema de Justicia (OCSJ) física en violación de normas fundamentales de derecho internacional. Su carácter generalizado y sistemático, en contra de la población civil a través de la implementación de una política de seguridad de combate al narcotráfico de corte militar, nos permite