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Derecho a la verdad – Alcances y limitaciones en casos de violaciones graves de derechos humanos

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Hace más de dos décadas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación sancionó la masacre de 17 campesinos que, de camino a una manifestación organizada en un lugar distinto al que vivían, fueron emboscados por policías del estado de Guerrero, México. En el contexto de esta masacre, llamada por el lugar donde sucedió, Aguas Blancas, la Suprema Corte introdujo por primera vez en el marco legal y político de México una discusión sobre la verdad.

Las autoridades mexicanas, según la sentencia de la Suprema Corte, tenían la “propensión” a entregar “información manipulada, incompleta, condicionada a intereses de grupos o personas”, impidiendo que la sociedad conozca la verdad de hechos como los de Aguas Blancas, sucesos “de enorme importancia y trascendencia” pública. Para sus once ministros, las autoridades incorporaban a la vida pública “la cultura del engaño, de la maquinación y de la ocultación […] en lugar de enfrentar la verdad y tomar acciones rápidas y eficaces para llegar a ésta y hacerla del conocimiento de los gobernados”.

A veinte años de esta sentencia, la discusión que abrió la Suprema Corte de Justicia se ha extendido considerablemente y, a la vez, las prácticas de “fabricación” y opacidad que se condenaron no se han extinguido. A la masacre de Aguas Blancas se han sumado otros episodios y, si bien el marco legal mexicano ha reconocido expresamente un derecho a la verdad de las víctimas y de la sociedad —definido como el derecho a conocer los hechos constitutivos del delito y de las violaciones de los derechos humanos de que fueron objeto, la identidad de los responsables, las circunstancias que hayan propiciado su comisión—, existen reclamos en torno a éstos, similares a los que la Corte condenó hace años: maquinaciones, ocultamiento, opacidad.

Los textos que este informe integra se escribieron tras una amplia discusión sobre el derecho a la verdad en México. En tres ocasiones diferentes, a lo largo de 2016, article 19 Oficina para México y Centroamérica coordinó un seminario de discusión entre cinco organizaciones civiles: el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos, el Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan; Ciudadanos en Apoyo de los Derechos Humanos y Fundar, Centro de Análisis e Investigación.

Derecho a la verdad - Alcances y limitaciones en casos de violaciones graves de derechos humanos

“En otras palabras, es imprescindible seguir señalando prácticas de negación y opacidad en las agencias de gobierno y denunciando deudas individuales con- cretas. Sin embargo, hay que fortalecer la exigencia y contribuir a la creación de mecanismos que permitan la construcción de la verdad desde una mirada colectiva.”
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