Fragmento "18 de Mayo"
¿Quién es Rosendo Radilla?
Rosendo Radilla es un destacado y querido líder social del municipio de Atoyac de Álvarez, Guerrero. Gran parte de su vida la dedicó al cultivo y venta de café cereza. También trabajó para mejorar las condiciones de salud y educación de su pueblo, promoviendo la contrucción de una escuela primaria y un hospital rural en su lugar natal. Su compromiso social y arduo trabajo lo llevaron a ser incluso presidente municipal de Atoyac de 1955 a 1956.
Cuenta su familia que lo que más le gustaba era escribir corridos, en los cuales reflejaba su indignación ante la injusticia, relataba las condiciones de su pueblo, denunciaba los abusos y llamaba a la gente a organizarse y exigir sus derechos. Algunos de sus corridos cuentan las historias de otros luchadores sociales como Lucio Cabañas, Genaro Vázquez y el Partido de los Pobres de Guerrero.
Su compromiso social con cafeticultores de Guerrero lo llevó a participar en el proceso de organización independiente de campesinos de la región y a organizar el Congreso Campesino en Atoyac junto a la Liga Agraria del Sur “Emiliano Zapata”. Sus exigencias y cuestionamientos en torno al reparto y tenencia de la tierra lo convirtieron en un personaje incómodo para el Gobierno. Fue desaparecido por militares en 1974, en el marco de la Guerra Sucia.
Guerra Sucia
La Guerra Sucia fue una política de terrorismo del Estado mexicano encaminada a detener, torturar, desaparecer y ejecutar a todo aquel que manifestara su apoyo a los movimientos de reividicación campesina en las décadas de 1960 y 1970, principalmente en el estado de Guerrero.
Durante esos años, cientos de activistas sociales fueron víctimas de tortura, ejecuciones y desaparición forzada. Estas violaciones a los derechos humanos continúan en total impunidad.
La detención y desaparición de Rosendo Radilla
El 25 de agosto de 1974, Rosendo Radilla fue detenido ilegalmente en un retén militar de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) cuando se dirigía a Atoyac con su hijo en un autobús. Uno de los militares lo reconoció y no le permitió continuar su viaje. Cuando Rosendo les preguntó de qué se le acusaba, los militares le respondieron “de componer corridos a Lucio Cabañas”. Acto seguido fue trasladado al entonces Cuartel Militar de Atoyac de Álvarez, donde fue visto por última vez. Hasta el día de hoy, su suerte y paradero permanecen inciertos; Rosendo Radilla fue víctima de desaparición forzada.
Desde hace 45 años, su familia, amigos y comunidad no han cesado de buscar y exigir a las autoridades su presentación; se mantienen en la exigencia de verdad y justicia para él y todos los detenidos y desaparecidos.
La lucha por justicia y reparación de la familia Radilla Martínez
Desde la detención de Rosendo Radilla, su familia comenzó el largo camino por encontrarlo. Las búsquedas inmediatas la llevaron al ex-cuartel militar de Atoyac de Álvarez, a las oficinas de gobierno locales y a las cárceles de Guerrero y Ciudad de México.
Debido al contexto de represión de la época, la familia Radilla tuvo que esperar hasta la década de 1990 para realizar denuncias formales ante autoridades como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la Procuraduría General de la República hoy Fiscalía General de la República (FGR) y la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero (hoy FGE). A la fecha, ha tramitado 6 denuncias penales ante distintas instancias; sin embargo, la actual Fiscalía General de la República (FGR) no ha imputado ningún delito a persona alguna, en relación con la desaparición forzada de Rosendo Radilla, ni de cientos de desaparecidos de la Guerra Sucia.
En 2001, la CNDH emitió la Recomendación 26/2001 donde reconoció la práctica de desaparición forzada como una política de Estado. Ese mismo año se creó una Fiscalía Especial para investigar crímenes del Gobierno contra personas luchadoras sociales (FEMOSPP*), que investigaría los 532 casos acreditados de personas detenidas y desaparecidas en México durante la Guerra Sucia, entre ellos el del señor Radilla. Sin embargo, la FEMOSPP fue desintegrada en 2005 sin haber cumplido el objetivo para el que fue creada.
*FEMOSPP (2001 – 2005) – Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado.
Sentencia de la Corte IDH
Ante la reiterada negativa de las autoridades mexicanas para resolver el caso de Rosendo Radilla, sus familiares, la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos en México (AFADEM) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) llevaron el caso ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH).
Línea de tiempo
15 de noviembre de 2001
Familiares y organizaciones presentan una petición por la desaparición forzada de Rosendo Radilla ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
27 de julio de 2007
Durante el 128º Periodo Ordinario de Sesiones, la CIDH escuchó las posiciones de las partes y aprobó el Informe de Fondo No. 60/07
6 de julio de 2009
Se realiza la Audiencia de las partes ante la CoIDH.
12 de octubre de 2005
La CIDH emite el Informe de Admisibilidad No. 65/05, por el que admitió a trámites el caso.
15 de marzo de 2008
La CIDH demanda al Estado mexicano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) por la falta de respuesta efectiva al cumplimiento de las recomendaciones emitidas en el Informe de Fondo.
23 de noviembre de 2009
La CoIDH emite una sentencia condenatoria contra el Estado mexicano por la violación a los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial de Rosendo Radilla debido a la desaparición forzada cometida por elementos militares, de la cual es víctima. Esto en conexión con la obligación de respetar los derechos, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada.
#HastaEncontrarles
“Está rodeada de coraje, de impotencia, de miedos, la ausencia de Rosendo Radilla Pacheco no es cualquier ausencia, no generó un dolor común por la muerte de un familiar. El miedo que paraliza, pero también el miedo que moviliza física y mentalmente”.
Tita Radilla, hija de Rosendo
Logros
Avances en las garantías de no repetición. El caso Radilla tuvo un gran impacto en el sistema jurídico mexicano y propició avances significativos en materia de derechos humanos:
Es la primera sentencia por violaciones a derechos humanos en contra del Estado mexicano.
Obligó a la discusión y a la posterior reforma al Código de Justicia Militar para que los casos de violaciones a derechos humanos en los que estén involucrados civiles sean resueltos en jurisdicción civil, y no en militar.
Promovió la fijación de criterios de interpretación en materia de derechos humanos, que culminaron con la aprobación de una reforma constitucional en el 2011.
La reforma constitucional de 2011 otorgó estatus constitucional a los derechos humanos contenidos en tratados internacionales, lo que ha ampliado y fortalecido la exigibilidad de los derechos humanos, potenciando así las herramientas y capacidades de la sociedad civil para la defensa de sus intereses y la denuncia de los actos y omisiones de funcionarios públicos en México.
Impulsó la adecuada tipificación del delito de desaparición forzada de personas.
Es un fundamento para exigir a la Fiscalía General de la República la expedición de copias de la averiguaciones previas a favor de las víctimas.
“(…) la Corte concluye que el Estado es responsable de la violación de los derechos a la libertad personal, la integridad personal, el reconocimiento a la personalidad jurídica y la vida del señor Rosendo Radilla Pacheco, en virtud de la desaparición forzada de la cual es víctima, realizada por agentes militares”.
“Asimismo, esta Corte ha establecido que, tomando en cuenta la naturaleza del crimen y el bien jurídico lesionado, la jurisdicción penal militar no es el fuero competente para investigar y, en su caso, juzgar y sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos sino que el procesamiento de los responsables corresponde siempre a la justicia ordinaria”.
Fuente: Corte Interamerican de Derechos Humanos. Caso Radilla Pacheco vs Estados Unidos Mexicanos. Sentencia de 23 de noviembre de 2009
Tita Radilla
Seguimiento de la sentencia
Tras la emisión de la sentencia, se han sostenido 2 audiencias públicas de seguimiento frente a la CoIDH, en las cuales tanto el Estado mexicano como las víctimas y sus representantes han participado. Como consecuencia estas audiencias se han logrado diversos actos de reparación e investigación penal así como algunos cambios estructurales en materia de desaparición forzada:
Reparación a la familia
Reparación económica por concepto de daño material y moral.
CUMPLIDA.
Publicación de la sentencia en la página de la Procuraduría General de la República.
CUMPLIDA.
Publicación de semblanza de vida de Rosendo Radilla Pacheco.
CUMPLIDA.
Acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional. El acto se realizó sin el acuerdo de la familia, por lo que no asistieron; la Corte IDH dio por cumplido este punto.
Investigación penal
Identificación y sanción de responsables de la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco.
INCUMPLIDA.
Actualmente, no hay una sola persona sancionada.
Búsqueda de Rosendo Radilla Pacheco.
CUMPLIDA PARCIALMENTE.
En el período comprendido del 2008 al 2019 se han realizado alrededor de 6 excavaciones (2008, 2010, 2011, 2013, 2015 y 2019) exclusivamente en el entonces Cuartel Militar de Atoyac de Álvarez.
Cambios estructurales
Reformas al Código de Justicia Militar.
CUMPLIDA PARCIALMENTE.
La reforma ha sido insuficiente pues no excluye del conocimiento del fuero militar los casos de violaciones a derechos humanos en los que la víctima sea al mismo tiempo un militar en activo.
Reformas al tipo penal de desaparición forzada (artículo 215 A del Código Penal Federal).
CUMPLIDA PARCIALMENTE.
El 17 de noviembre del 2107 se publicó la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. Sin embargo, no retoma a plenitud los estándares internacionales en materia de desaparición forzada. Por ejemplo, la Ley omite establecer sanciones para los superiores jerárquicos de los responsables de desapariciones forzadas.
Capacitación a operadores de justicia y educación en derechos humanos.
CUMPLIDA.
#HastaEncontrarles
“Entonces mi padre rápido le preguntó al que estaba al mando ‘¿de qué se me acusa?’, a lo que el militar respondió ‘de componer corridos’. Mi padre le contestó con la tranquilidad que le caracterizaba ‘¿y eso es delito?’, a lo que le respondieron ‘no, pero mientras ya te chingaste’. Esa fue la última vez que lo vi.”
Hijo de Rosendo Radilla
La última excavación en el ex-cuartel Militar de Atoyac de Álvarez, mayo de 2019
Han pasado diez años desde la emisión de la sentencia de la CoIDH y únicamente se han realizado seis diligencias de búsqueda, mediante excavaciones en el ex Cuartel Militar de Atoyac de Álvarez. Tras diez años, ninguna diligencia de búsqueda ha arrojado indicios relevantes para la localización de Rosendo Radilla.
La sexta y última diligencia de excavación se realizó entre abril y mayo de 2019. Las 3 semanas de excavaciones arrojaron pasos para ampliar las líneas de investigación en materia de búsqueda, así como algunos indicios que pueden dotar de mayor información sobre el contexto y dinámica que tenía el ex Cuartel.
Lamentablemente, la FGR y demás instituciones públicas mexicanas responsables de la atención a víctimas y de buscar a personas desaparecidas continúan sin tener la capacidad para realizar este tipo de diligencias de una manera adecuada, articulada y comprometida, poniendo en el centro a las víctimas y con miras a la resolución efectiva de los casos. Las omisiones y negligencias en la investigación han perpetuado la impunidad y prolongado la negación de acceso a la justicia. La familia Radilla Martínez se mantiene en la exigencia permanente de verdad y justicia.