Concurso de reinterpretación de corridos de Rosendo Radilla Pacheco
La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos A.C. (CMDPDH) convoca a agrupaciones musicales, músicos individuales y creativos musicales de México y a estudiantes en campos relacionados con la comunicación y la artes, a participar en el concurso de reinterpretación de alguno de los corridos del luchador social Rosendo Radilla en conmemoración por los 45 años de su desaparición forzada (1974) y los 10 años de la sentencia (2009) de la CoIDH condenando al Estado mexicano por graves violaciones a los Derechos Humanos.
Objetivos
- Promover la memoria histórica a través de la música y la reinterpretación.
- Promover el desarrollo creativo de la industria musical emergente y ofrecer espacios a estudiantes en las áreas de las artes.
- Dar difusión al talento y trabajo desarrollado por los finalistas.
Jurado
Con 15 años de trayectoria, Mare se destaca por su propuesta musical que pone en el debate los temas incómodos. Reflexionando sobre la condición que viven las mujeres dentro de la sociedad, las desigualdades sociales, la segregación racial, pero siempre en la constante búsqueda de su propia identidad y la reivindicación de su historia, por mencionar algunas de sus temáticas.
También ha colaborado en diversos proyectos dentro de la escena de Rap, así como la música tradicional y contemporaánea, participando en diversos materiales grabados como “Y la Resistencia Continúa” del Grupo Raíces y “Música para quitar prejuicios” del grupo Quimono y en conciertos en vivo, colaborando con agrupaciones como Mujeres del Viento Florido, banda femenil de Tlahuitoltepec, Mixe con quién realizó diversos conciertos en diferentes lugares de Oaxaca y en el Encuentro Nacional Feminista en 2013, en Guadalajara.
Tanto en su trabajo discográfico como en sus declaraciones públicas, Ana Tijoux se ha comprometido en la defensa de los derechos de las mujeres y ha denunciado la violencia de género y la desigualdad. También la desigualdad a la que se enfrentan las artistas en el mundo del cine, o las cantantes.
“Nos damos cuenta que en cada lugar que visitamos, en cada noticia que vemos, la violencia hacia la mujer es reiterada, multiplicada y totalmente normalizada(…)en el fondo te están preguntando con quién abandonas a tus hijos cuando te vas de gira, y muchas veces son mujeres periodistas las que te lo preguntan, entonces, yo me pregunto: ¿cuándo chucha le van a preguntar esto a los hombres papás que dejan a sus hijos cuando se van de gira?”
Su trabajo siempre se encuentra directamente relacionado con la defensa de los derechos humanos desde la solidaridad y el internacionalismo, así como la defensa de las libertades de opinión, autodeterminación y desarrollo de los pueblos oprimidos.
Bases del concurso
1. Participantes: Personas mayores de 18 años. El concurso está dirigido a músicos profesionales, amateurs o estudiantes universitarios.
2. Corridos y contexto: Conoce más del caso y de la vida de Rosendo Radilla. Descarga las letras y audios de sus corridos.
3. Reinterpretación: Los y las participantes harán una interpretación musical libre de algún corrido de Rosendo Radilla (rap, rock, cumbia, salsa, blues, reggae, hip-hop, soul, pop, fusión, electrónico o libre, etc). Consideraremos válidas aplicaciones que contengan letra original de los corridos; puede ser la letra íntegra o partes de la misma sin que se modifique el mensaje principal.
4. Envío: Las y los participantes deberán enviar el material como archivo de audio WAV por vía WeTransfer www.wetransfer.com copiar la liga y enviar mail a media@cmdpdh.org y defensa@cmdpdh.org con los siguientes datos:
- Asunto: Aplicación concurso corridos + tu nombre
- Nombre completo de autor(a)
- Número telefónico
- Descripción de la reinterpretación de los corridos (5 a 7 líneas máximo).
- Link de la descarga de tu archivo wav
5. Jurado: Estará integrado por hijas de Rosendo Radilla, por las áreas de defensa y comunicación de la CMDPDH, músicos profesionales. El jurado designará como ganadores a quienes obtengan las mejores calificaciones.
6. Criterios de selección: Nos reservamos el derecho de dictaminar:
- Creatividad: 30%
- Composición: 20%
- Interpretación: 30%
- Competencia técnica: 20%
7. Fases y fechas importantes:
- Recepción de trabajos: del 25 de agosto al 10 de noviembre de 2019. No se tomarán en cuenta los trabajos enviados después de esta fecha.
- Revisión y dictaminación del Jurado: 11 al 21 de noviembre de 2019.
- Notificación de los ganadores: 22 al 23 de noviembre (vía mail y/o telefónica).
8. Premiación:
a) Los ganadores tocarán en vivo en el evento conmemorativo del 26 de noviembre (lugar por confirmar en CDMX) frente a la familia Radilla, embajadas, defensoras/es de derechos humanos, periodistas y público general.
b) Los primeros 3 lugares recibirán, respectivamente:
– 1er. lugar: con valor de $7,000 pesos mx
- Focusrite Scarlett Solo Studio (3ª gen)
- Interfaz de audio USB
- Ableton Live Lite
- Pro Tools First Focus rite Creative Pack
- 2i2 Studio (2i2 Interfaz + Micrófono + Audífonos).
– 2do. lugar: con valor $4,000 pesos mx
- Focusrite Scarlett Solo Studio (3ª gen) Interfaz de audio USB
– 3er. lugar: con valor de $2,200 pesos mx
- Micrófono de estudio AKG 3101H00400
c) Difusión a las versiones ganadoras de los corridos en las redes sociales de la CMDPDH y distintos medios en el mes siguiente a la premiación.
d) Las y los ganadores formarán parte del nuevo sitio web del caso de Rosendo Radilla.
Cláusulas del concurso
- Las obras sometidas al presente concurso son consideradas obras derivadas, en términos de la Ley Federal del Derecho de Autor, siendo que las obras primigenias son de la autoría del Señor Rosendo Radilla Pacheco.
- Las obras derivadas que sean sometidas al presente concurso se entenderán como comisionadas por la CMDPDH a los autores de forma gratuita y a favor de la CMDPDH.
- Las y los concursantes mantendrán los derechos morales de autor, mientras que los derechos patrimoniales que resulten de las canciones sometidas al presente concurso corresponden a la CMDPDH para fines de divulgación, edición, adaptación e integridad de las obras.
- La CMDPDH podrá modificar, editar, utilizar y hacer de conocimiento público las obras derivadas que sean sometidas al presente concurso, dando reconocimiento al autor de la obra derivada. Cualquier uso o divulgación que realice la CMDPDH será sin fines de lucro.
Queda prohibido utilizar fragmentos de otras piezas musicales, sin el consentimiento del o de los titulares de los derechos morales y patrimoniales de la misma.
45 años sin justicia
Desde la desaparición forzada de Rosendo Radilla en 1974 por agentes del Estado mexicano, sus familiares iniciaron la difícil tarea de luchar por preservar la memoria de lo ocurrido, con todas las garantías que ésta conlleva: desde los procesos judiciales para sancionar a los responsables, hasta el papel del Estado para empoderarlos como agentes de su propia reparación y poner a su disposición los medios necesarios para hacerla posible. El Estado mexicano tuvo la oportunidad de hacer justicia durante décadas, sin embargo nunca lo hizo. Por eso en 2001 se recurrió a la CIDH quien, después de años de investigación, finalmente dictó una sentencia en 2009 condenando al Estado mexicano por graves violaciones a los Derechos Humanos. A la fecha, los familiares de Rosendo, AFADEM y la CMDPDH seguimos esperando que las autoridades de la actual administración tomen en cuenta los criterios establecidos en la sentencia del caso Radilla para enjuiciar a los responsables de desaparición forzada.
Un caso paradigmático
El caso de Rosendo Radilla es paradigmático en el derecho mexicano por varias razones: 1) Es el PRIMER CASO en que la Corte IDH condena al Estado mexicano por violaciones graves a derechos humanos, lo cual obligó a las autoridades mexicanas a establecer criterios para el cumplimiento de esta sentencia y de otras sucesivas que se emitan por parte de la Corte IDH; 2) Provocó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenara que los casos concernientes a militares acusados de violar derechos sean turnados a la justicia ordinaria federal y NO a jueces militares; 3) La SCJN estableció por primera vez la inaplicabilidad de la reserva de averiguaciones previas en casos de violaciones graves a derechos humanos, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 4) Estableció la obligación de adoptar estándares de derecho internacional en relación a la investigación y sanción de la desaparición forzada.