Ciudad de México a 20 de mayo de 2017.- El pasado 17 de abril, el Instituto Nacional de Migración (INM) respondió a la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) una solicitud de ingreso a la Estación Migratoria “Las agujas” de la Ciudad de México. Dicha respuesta buscó restringir el derecho de la CMDPDH a defender derechos humanos, así como el derecho de las personas migrantes detenidas en la Estación Migratoria a contar con asesoría y representación legal gratuita.
De todas las actividades solicitadas, el INM permitió el acceso de la CMDPDH a las instalaciones de la Estación Migratoria, únicamente para la realización de talleres informativos. No obstante, sobre la solicitud de difusión de folletos informativos, el INM respondió que se permitiría siempre y cuando, se quitara de los mismos la mención referente a que el “alojamiento” en estaciones migratorias constituye una privación de la libertad.
Para la CMDPDH, el condicionamiento para la difusión de información establecido por el INM, es un intento de matizar la realidad en las detenciones de personas migrantes en las Estaciones Migratorias; ya que mantener a una persona “alojada” es considerada por ley una limitación al derecho a la libertad personal. Además de lo anterior, la imposición del INM constituye un acto de censura previa que atenta de manera directa al derecho a la libertad de expresión de la CMDPDH, a la par que obstaculiza el derecho de las personas migrantes detenidas a recibir información sobre sus derechos.
Ante dicha negativa, la CMDPDH presentó el pasado 9 de mayo, una demanda de amparo ante el Tercer Juzgado de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México, alegando la violación al derecho de la CMDPDH a defender derechos humanos, así como a su libertad de expresión, y libertad de asociación.
Es importante mencionar que, en muchos de los casos, la única forma en la que las personas migrantes detenidas en estaciones migratorias pueden tener acceso a asesoría o representación legal es a través de organizaciones de la sociedad civil; esto debido a que ni el INM, ni otra institución gubernamental, ofrece este tipo de servicios. Por tanto, el ejercicio de este derecho depende del ingreso de las organizaciones de la sociedad civil a las instalaciones de las Estaciones Migratorias.
Por ello, se hace un llamado al Poder Judicial de la Federación para que reconozca la violación del derecho a defender derechos, así como a la libertad de expresión y ordene a las autoridades migratorias a permitir que las personas detenidas al interior de las estaciones migratorias cuenten con la información necesaria que les permita conocer sus derecho y contar con asesoría jurídica adecuada para enfrentar su procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado.
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Mariana Gurrola, Comunicación CMDPDH
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