- Celebran iniciativa presentada hoy en la Cámara de Diputados para reformar artículo 21 de la Constitución y permitir una implementación adecuada del Estatuto de Roma.
- La redacción actual del artículo 21 constitucional representa una reserva de facto que impide la adecuada implementación del Estatuto de Roma y cooperación con la CPI.
- A 8 años de su ratificación, legislación secundaria continúa pendiente.
México D.F., 11 de febrero de 2014.- El día de hoy se presentó en la Legislatura LXII de la Cámara de Diputados una iniciativa para reformar el artículo 21 constitucional, párrafo octavo, y modificar la fórmula que habría permitido aceptar la competencia contenciosa de la Corte Penal Internacional (CPI). De avanzar con la reforma, se daría un paso importante para avanzar hacia la plena efectividad de la CPI y ser así congruentes con los compromisos que México adquirió al ratificar el Estatuto de Roma, hace ocho años.
El Estatuto de Roma estableció el primer Tribunal Internacional permanente con competencia para investigar y sancionar a los responsables de cometer los delitos más graves que afectan a la comunidad internacional, entre ellos, el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad.
Para que México ratificara el Estatuto de Roma, en 2005 se hizo una reforma constitucional al artículo 21, la cual contiene un procedimiento que eventualmente puede obstaculizar la cooperación de México con la Corte Penal Internacional. El artículo en cuestión establece que cada caso de competencia de la CPI será condicionado a la aprobación del Ejecutivo Federal con la anuencia del Senado.
Las organizaciones de derechos humanos que en su momento apoyaron la ratificación del Estatuto por México, señalaron que la iniciativa representa un paso adelante también para garantizar la armonización de la legislación nacional con el Estatuto de Roma, pues además establece la obligación del Legislativo de aprobar, en un plazo de seis meses, la legislación necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones emanadas de dicho instrumento lo cual incluye incorporar los crímenes internacionales en la legislación nacional.
A más de ocho años de su entrada en vigor, México no cuenta con una Ley de Cooperación que establezca las bases en que se garantizará el camino de la cooperación de México con la Corte, menos aún el ejercicio de la jurisdicción de la CPI en nuestro país. La iniciativa al respecto presentada en 2006, y aprobada por el Senado en la República en 2009, no concluyó el proceso legislativo al no haber sido discutida por la Cámara de Diputados.
Por otro lado, México no ha incorporado en su legislación penal los distintos crímenes internacionales contemplados en el Estatuto de Roma. Actualmente, de los crímenes de competencia de la CPI, únicamente el genocidio se encuentra tipificado. Ello implica que los jueces mexicanos se ven imposibilitados de sancionar a quienes sean responsables de crímenes de guerra o crímenes contra la humanidad. Mientras estas conductas no cuenten con una tipificación adecuada, éstas quedarán impunes en el sistema jurídico de nuestro país. Cabe resaltar que desde la conferencia de revisión en Kampala, en julio de 2010, México se comprometió con la comunidad internacional a presentar un proyecto de enmienda al Código Penal Federal a más tardar en el primer semestre de 2011, proyecto que a la fecha no ha sido aún presentado ante el poder Legislativo.
Es importante señalar también que, durante la segunda evaluación ante el Examen Periódico Universal (EPU), México recibió diversas recomendaciones instando a garantizar la adecuación del marco normativo interno para asegurar la implementación efectiva del Estatuto de Roma en la legislación federal y estatal.
Quienes suscribimos la presente hacemos un llamado a las diversas fuerzas políticas en el Congreso para aprobar con la mayor celeridad esta iniciativa que permitirá dar cumplimiento a las obligaciones internacionales que México ha adquirido y no dejar de lado este importante tema a pesar de la cargada agenda legislativa de este periodo de sesiones. A más de ocho años desde su ratificación, México debe adecuar su normativa interna de conformidad con lo establecido por el Estatuto de Roma para facilitar su cooperación con la Corte Penal Internacional.
Centro por el Desarrollo de la Justicia Internacional (CDJI)
Coalición Mexicana por la Corte Penal Internacional (CMCPI)
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH)
Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH)
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