El Diario Oficial de la Federación publicó el 18 de junio de 2008 el decreto por el por el que se reforman y adicionan los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la fracción XIII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los que se integra la figura del arraigo para ser decretada por autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, sin que pueda exceder de cuarenta días.

Decreto íntegro publicado en el Diario Oficial de la Federaclón.

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